CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DEL DE VIVIENDA (ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA)

En [ciudad], a [día] de [mes] de [año] 

 

REUNIDOS 

 

De una parte, 

Don/Doña [Nombre y apellidos del propietario], mayor de edad, [estado civil], de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y [DNI/ PASAPORTE/ NIE] número [número identificación]. Actúa en su propio nombre y representación. Se incorpora copia de su DNI como Anexo 1 al presente Contrato. 

 

 

(en adelante, el/los «Propietario/s«). 

 

De otra parte, 

Don/Doña [Nombre y apellidos del inquilino], mayor de edad, [estado civil], de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y [DNI/ PASAPORTE/ NIE] número [número identificación]. Actúa en su propio nombre y representación. Se incorpora copia de su DNI como Anexo 1 al presente Contrato. 

 

 

 

(en adelante, el/los «Inquilino/s«). 

 

El Propietario y el Inquilino serán denominadas conjuntamente como las «Partes«. 

 

Ambas partes en la calidad con la que actúan, se reconocen recíprocamente capacidad jurídica para contratar y obligarse y en especial para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DEL DE VIVIENDA, y 

 

EXPONEN 

 

1º.- Que el Propietario, es propietario de la vivienda sita en la isla de Tenerife, Avenida Adeje 300, 10 Apartamento 1506, C.P. 38678- Playa Paraiso-Adeje (Santa Cruz de Tenerife), con las siguientes características: 

 

  • Superficie: 54 m2. 
  • Descripción: Apartamento con plaza de parking privada. 
  • Referencia Catastral: 5819805CS2151N0244SJ. 
  • Comunidad de propietarios: Residencial Club Paraíso. 
  • Certificado de eficiencia energética. Se adjunta fotocopia del certificado como Anexo 2 al final del presente contrato. 
  • Mobiliario. El Inmueble está equipado con los siguientes accesorios: Mobiliario de cocina completo, nevera, horno, hervidor de agua, cafetera, tostador, mueble de baño, secador de pelo, sala de estar con sofá de 3 plazas, mesa de trabajo, TV de pantalla plana, 2 habitaciones con armario, 3 mesillas de noche, mesa en el balcón con 2 sillas, lavadora y calentador de agua. También cerradura electrónica en la entrada a la vivienda y menaje compuesto por 4 juegos de sábana bajera, sábana encimera y colcha. Incluye también dos mantas. En la cocina incluye juego de 6 platos grandes, 6 platos pequeños, 6 vasos, 6 tenedores, cuchillos, cucharas y cucharillas. Se incluyen también 4 raquetas de tenis y 4 raquetas de ping pong.  

 

(En adelante, el inmueble y sus dependencias descritas, conjuntamente, el «Inmueble«). 

 

2º.- Que el Inquilino, manifiesta su interés en tomar en arrendamiento temporal el citado Inmueble descrito en el Expositivo 1º, para su uso propio (y, en su caso, el de su familia).  

 

3º.- Ambas partes libremente reconocen entender y aceptar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DEL DE VIVIENDA (el «Contrato«), conforme a las disposiciones de la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos (la «LAU«), reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribirlo, con sujeción a las siguientes: 

 

CLÁUSULAS 

 

PRIMERA: OBJETO 

 

  1. El Propietario arrienda al Inquilino el Inmueble descrito en el Expositivo 1º, que el Inquilino acepta en este acto. 

 

  1. El Inquilino se compromete a usar dicho Inmueble exclusivamente como alojamiento temporal, con una ocupación máxima de cuatro (4) personas. A estos efectos, se deja constancia de que el Inmueble no constituirá la vivienda habitual ni permanente del Inquilino ni de ninguno de sus ocupantes, sino que su arrendamiento será temporal por motivos /laborales/académicos/incluir otros motivos, en su caso]. 

 

1.3 En relación con el uso del Inmueble, queda estrictamente prohibido: 

  1. a) Cualquier otro tipo de uso distinto al descrito en el apartado anterior.
  2. b) El desarrollo de actividades ilegales, ilícitas, peligrosas y/o insalubres (o potencialmente peligrosas y/o insalubres) en el Inmueble.

c) El subarrendamiento, total o parcial, sin el consentimiento previo y por escrito del Propietario 

d) La cesión, en todo o en parte, del Contrato sin el consentimiento previo y por escrito del Propietario. 

 

Por su parte, la/s plaza/s de aparcamiento arrendada/s será/n destinada/s única y exclusivamente al estacionamiento de vehículos privados del Inquilino y, en su caso, de los demás ocupantes del Inmueble. En cada plaza de aparcamiento sólo podrá aparcar un vehículo (ya sea de cuatro (4) o dos (2) ruedas). Queda expresamente prohibido el uso de la/s plaza/s de aparcamiento de un modo distinto al indicado anteriormente, y muy en particular, queda prohibido el depósito o almacenaje de cualquier tipo de objetos o el aparcamiento de más de un vehículo (ya sea un coche o una moto) por cada plaza de aparcamiento.  

 

El incumplimiento por el Inquilino de cualquier de estas obligaciones esenciales facultará al Propietario a resolver el presente Contrato. 

 

1.4 El Inquilino necesitará el consentimiento previo y por escrito del Propietario para destinar el Inmueble a actividades distintas de las indicadas en el apartado 1.2, siendo de la exclusiva responsabilidad del Inquilino cualquier consecuencia que pudiera derivarse del ejercicio de una actividad no permitida por la normativa aplicable y/o por el Propietario.  

 

1.5 El objeto del presente Contrato es indivisible y se configura como “cuerpo cierto” e “indivisible”. En consecuencia, las condiciones del Contrato no se verán alteradas en el caso de que cualquier medición del Inmueble arrojara una superficie distinta a la consignada en el Expositivo 1º del presente Contrato. 

 

1.6 Mascotas. 

Se prohíbe expresamente al Inquilino tener en el Inmueble cualquier tipo de animal doméstico, salvo consentimiento expreso por escrito del Propietario. El incumplimiento de la presente obligación será considerado causa suficiente para la resolución del Contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 de la vigente LAU. 

 

 

1.7 El Inquilino se obliga a cumplir y respetar en todo momento los estatutos y normas internas de la comunidad de propietarios a la que pertenece el Inmueble, que declara conocer y aceptar. Además, se compromete a no molestar ni perjudicar la pacífica convivencia del resto de vecinos de la comunidad. 

 

SEGUNDA: PLAZO DE VIGENCIA 

  

El Contrato entrará en vigor en la fecha [fecha de entrada en vigor] y tendrá una duración [obligatoria] de [incluir número en letra] [semanas/meses] a partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato. Es decir, el Contrato estará vigente hasta el [fecha de terminación del Contrato] y, transcurrido dicho plazo, el Contrato quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso ni requerimiento previo. 

 

TERCERA: ENTREGA DEL INMUEBLE 

  

3.1 El Propietario entrega al Inquilino el Inmueble en perfectas condiciones de habitabilidad, buen estado de conservación y funcionamiento de sus servicios y a la entera satisfacción de éste, con el mobiliario y enseres que se identifican en el Expositivo 1º del presente Contrato. 

 

3.2 En este acto el Propietario hace entrega al Inquilino de dos (2) juegos de llaves completos de acceso al Inmueble. 

 

CUARTA: RENTA 

 

Renta  

  

4.1 Ambas Partes acuerdan fijar una renta [mensual] de [importe acordado de la renta en letra] EUROS ([importe acordado de la renta en números] €), que será pagada por el Inquilino en la forma indicada en el punto 4.2, más los impuestos que en cada caso resulten de aplicación. 

 

La falta de pago de un (1) periodo de renta será causa suficiente para que el Propietario pueda dar por resuelto este Contrato y ejercite la acción de desahucio. 

  

Inicio del devengo de la renta 

 

4.2 Se establece que la renta se devengará a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Contrato. El Inquilino paga al Propietario el importe de la renta correspondiente a los días que quedan para finalizar el periodo en curso, que el Propietario declara haber recibido a su entera satisfacción, sirviendo el presente Contrato como recibo de pago. 

 

Pago de la renta 

 

4.3 El Inquilino abonará la renta por anticipado, [dentro de los tres (3) primeros días de cada periodo mensual,] mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta titularidad del Propietario:  

 

Titular: [Nombre del Propietario].  

Entidad Bancaria: [Entidad bancaria del Propietario].  

Nº de Cuenta/IBAN: [Cuenta bancaria del Propietario].  

 

 

QUINTA: GARANTÍA DEL CONTRATO 

 

Fianza arrendaticia. 

 

5.1 El Inquilino entrega en este acto al Propietario, quien declara recibirla, la cantidad de [importe de la fianza] EUROS ([importe de la renta en números] €), equivalente a dos (2) periodo de renta, por concepto de fianza legal, según lo establecido en el apartado primero del Artículo 36 de la LAU para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume en virtud del presente Contrato. El Propietario se compromete a depositar la fianza en el organismo u oficina pública correspondiente a la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el Inmueble. 

 

5.2 El importe de la fianza servirá para cubrir cualquier desperfecto o daño en el Inmueble (y en el mobiliario y/o accesorios, en su caso), así como garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume el Inquilino en virtud de este Contrato. 

 

SEXTA: SERVICIOS Y GASTOS 

  

 

6.1 El Propietario pagará los gastos relacionados con la contratación de los servicios y suministros individualizados por aparatos contadores (tales como luz, agua, gas, teléfono e internet) con los que cuenta el Inmueble y que serán íntegramente asumidos por el Propietario durante la vigencia del presente Contrato, con un tope de 150 euros en lo que se refiere al gasto mensual de luz (la diferencia será asumida por el inquilino). Asimismo, se obliga a encargarse del mantenimiento, reparación y sustitución de dichos contadores y cualesquiera otros servicios que contrate o utilice en el Inmueble y que, en general, sean susceptibles de uso individualizado y/o que se contabilicen por contador. 

 

 

6.2 Titularidad suministros. 

 

Las Partes acuerdan que no se cambie el titular de los suministros. 

 

6.3 Gastos comunidad e IBI. 

 

Los gastos de Comunidad de Propietarios así como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.), serán satisfechos íntegramente por el Propietario. 

 

6.4 Pago de tasas 

 

La tasa por recogida de residuos sólidos urbanos y la tasa por paso de carruajes (en su caso) será de cuenta del Propietario. 

  

6.5 Nuevas tasas e impuestos 

 

Si se creasen nuevas contribuciones, impuestos, arbitrios, tasas o cualquier otra exacción, por el Estado, comunidad autónoma, provincia, municipio, etc., estos serán asumidos por el Propietario o el Inquilino según corresponda en aplicación de la normativa vigente. En caso de aumento o modificación de las contribuciones, impuestos, arbitrios, tasas o cualquier otra exacción serán a cargo del Propietario o del Inquilino según corresponda en virtud de lo dispuesto en el presente Contrato. 

 

6.6 El Propietario no asume responsabilidad alguna por las interrupciones que pudieran producirse en los servicios comunes o individuales que están a cargo del Inquilino, o cuando las interrupciones se deban a gestiones propias del proveedor de servicios, ni estará obligado a efectuar revisiones de renta por dichas interrupciones. No obstante, el Propietario velará por el correcto suministro de los servicios a su cargo y realizará todas las gestiones necesarias para la restitución de aquellos servicios interrumpidos a la mayor brevedad.  

 

SÉPTIMA: GASTOS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN 

 

7.1 El Propietario se obliga a realizar las reparaciones que fueran necesarias en el Inmueble para conservarlo en condiciones para el uso convenido, salvo las derivadas de la negligencia o culpa o debido al desgaste ocasionado por el uso ordinario del Inmueble por parte del Inquilino. Sin perjuicio de lo anterior, el Inquilino será el único responsable de cuantos daños, tanto físicos como materiales puedan ocasionarse a terceros, como consecuencia, directa e indirecta de su uso del Inmueble, eximiendo de toda responsabilidad al Propietario, incluso por daños derivados de instalaciones para servicios o suministros. A efectos aclaratorios, el Inquilino deberá realizar todas aquellas reparaciones necesarias para el mantenimiento y correcto funcionamiento de los electrodomésticos y/o muebles del Inmueble cuando los desperfectos hayan sido ocasionados por el Inquilino o sus ocupantes, ya sea por un uso negligente o por el desgaste derivado del uso habitual y diligente de dichos elementos. En consecuencia, el Inquilino declara conocer el estado de los electrodomésticos y/o muebles en el momento de la entrega del Inmueble.  

 

OCTAVA: OBRAS EN EL INMUEBLE 

 

8.1 El Inquilino no podrá realizar obras, instalaciones, ni mejoras de ningún tipo en el Inmueble sin el expreso consentimiento previo del Propietario por escrito. Especialmente, se requerirá el consentimiento previo y por escrito del Propietario para: 

 

  1. a) la instalación de cualquier electrodoméstico, mueble o aparato de aire acondicionado adherido al Inmueble; 
  2. b) la realización de cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas del Inmueble (en particular, cualquier tipo de orificios o ranuras de forma manual o con herramientas mecánicas).

 

 

Todas las obras que el Propietario autorice en los términos previstos en la presente Cláusula serán de exclusivo cargo del Inquilino, que será el único responsable de solicitar y obtener las correspondientes licencias administrativas que en su caso resulten aplicables. A la terminación del presente Contrato de arrendamiento, las obras y mejoras quedarán en beneficio del Inmueble, sin derecho del Inquilino a resarcirse de ellas, salvo pacto en contrario. En el supuesto de que el Inquilino realizase obras sin el permiso previo del Propietario, éste podrá instar la resolución del presente Contrato y exigir al Inquilino la reposición del Inmueble a su estado originario. 

 

NOVENA: DEVOLUCIÓN DEL INMUEBLE 

  

9.1 Llegada la fecha de terminación del presente Contrato, el Inquilino deberá abandonar el Inmueble sin que sea necesario para ello requerimiento alguno por parte del Propietario. 

 

9.2 El Inquilino se compromete desde ahora y para entonces a devolver el Inmueble y las llaves del mismo en la fecha de terminación del presente Contrato entregándolo en perfecto estado, sin más deterioros que los que se hubiesen producido por el mero paso del tiempo y el uso ordinario, libre de los enseres personales del Inquilino y totalmente desocupado. 

 

9.3 El Inquilino se obliga expresamente a reparar cualquier desperfecto (a modo ejemplificativo: azulejos, baldosas, armarios, marcos de madera, grifería o sanitarios, etc.) antes de su devolución al Propietario. 

 

9.4 El retraso en el desalojo del Inmueble por parte del Inquilino devengará a favor del Propietario, en concepto de penalización por cada día de retraso, un importe igual al doble de la renta diaria que estuviera vigente en ese momento. Todo ello, sin perjuicio de la obligación del Inquilino de abandonar el Inmueble de inmediato. 

 

DÉCIMA: DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE 

 

10.1 El Inquilino renuncia expresamente al derecho de adquisición preferente y a los demás derechos que pudieran corresponderle al amparo del artículo 31 de la LAU vigente, cuya aplicación las Partes excluyen expresamente. El Inquilino se compromete a suscribir cuantos documentos de naturaleza pública o privada le sean requeridos por el Propietario a fin de hacer constar la mencionada renuncia al derecho de adquisición preferente. Asimismo, se compromete el Inquilino a abonar la renta y cualesquiera otras cantidades asimiladas al nuevo propietario del Inmueble en los términos pactados en el presente Contrato. 

 

DÉCIMO PRIMERA: CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO 

 

11.1 Serán causas de terminación del Contrato, además de las previstas en este Contrato, las que se mencionan a continuación: 

  1. a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al Inquilino.
  2. b) La falta de pago del importe de la fianza.
  3. c) La realización de daños causados dolosamente en el Inmueble o de obras no consentidas por el Propietario, cuando el consentimiento de éste sea necesario.
  4. d) Cuando en el Inmueble tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
  5. e) El subarriendo, en caso de no producirse en los términos previstos en el presente Contrato.

  

DÉCIMO SEGUNDA: PROTECCIÓN DE DATOS. INCLUSIÓN EN FICHERO DE MOROSIDAD 

 

12.1 Los datos personales que el Inquilino facilita en el presente Contrato y que pueda facilitar en el futuro son necesarios para la celebración del presente Contrato, y serán tratados por el Propietario con la finalidad de gestionar el contrato de arrendamiento de temporada y sobre la base de la ejecución de dicha relación contractual. El Propietario no comunicará los datos personales del Inquilino a terceros, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de obligaciones legales, sin perjuicio de que los prestadores de servicios de gestión administrativa del Propietario puedan tener acceso a los datos personales del Inquilino para la prestación de dichos servicios. El Propietario no llevará a cabo transferencias internacionales de datos personales. 

 

El Propietario conservará los datos en tanto que la relación contractual se mantenga vigente, conservándolos posteriormente, debidamente bloqueados, por el plazo de prescripción de las acciones de acuerdo con la normativa civil aplicable. 

 

El Inquilino podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y a la portabilidad de sus datos, así como a la limitación del tratamiento de los mismos, dirigiéndose al Propietario en la dirección que figura en el encabezamiento del presente contrato, y acreditando debidamente su identidad. Asimismo, el Inquilino tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. 

 

12.2 El Propietario informa al Inquilino que, en caso de impago de las cantidades de la renta, sus datos personales podrán ser cedidos al fichero de solvencia patrimonial negativo gestionado por Base de Datos de Morosidad Inmobiliaria, S.L.U., en base al interés legítimo de prevención del fraude. En caso de incorporación de los datos de impagos del Inquilino en un fichero de solvencia patrimonial negativo, el Inquilino recibirá, en el plazo máximo de un (1) mes desde la inscripción de la deuda en el fichero, una comunicación del titular de dicho fichero informándole de la incorporación de sus datos personales en el mismo. 

 

DÉCIMO TERCERA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 

  

13.1 De conformidad con lo previsto en el artículo 4, apartado 2 de la vigente LAU, el presente Contrato se regirá por la voluntad de las Partes manifestada en el Contrato, en su defecto, por lo dispuesto en el Título III de la mencionada LAU y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil. 

 

13.2 La competencia para conocer de cualquier controversia relacionada con el presente Contrato corresponderá a los juzgados y tribunales del lugar en el que radique el Inmueble. 

 

DÉCIMO CUARTA: NOTIFICACIONES  

  

14.1 Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse en relación con el presente Contrato deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente recibidas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo certificado a las direcciones que figuran en el encabezamiento del presente Contrato, o a las direcciones que cualquiera de las Partes comunique a la otra por escrito en la forma prevista en esta cláusula. 

 

14.2 Asimismo, y a fin de facilitar las comunicaciones entre las Partes se designan las siguientes direcciones de correo electrónico, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y del momento en que se hicieron. 

 

Por el Inquilino: 

  • E-Mail: [correo electrónico del Inquilino]   
  • Número de teléfono: [teléfono del Inquilino] 

 

Por el Propietario:  

  • E-Mail: info@coastifyrentals.com 
  • Número de teléfono: +34 658 902 040 

 

DÉCIMO QUINTA: FIRMA DEL CONTRATO 

  

15.1 Las Partes aceptan el presente Contrato, así como sus correspondientes anexos y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe. 

 

Y para que así consten, suscriben dos (2) copias del presente Contrato en la ciudad y fecha arriba indicados. 

 

 

El Propietario  El/Los Inquilino/s 
 

 

_______________________________ 

Nombre del Propietario: 

 

 

 

 

 

_______________________________ 

Nombre del/los Inquilino/s: 

 

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Listado de Anexos: 

Anexo 1. Documento de identificación de las Partes. 

Anexo 2. Certificado Energético. 

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